
TRABAJO ORGANIZACION DE TALLER
Julio 9, 2008
PASOS O REQUISITOS QUE DEBES SEGUIR PARA CREAR UNA EMPRESA
1. Suponemos que ya tienes una idea clara:
Es lo primero que hay que tener en cuenta y puede ser determinante para el éxito o el fracaso de la empresa. Incluso el negocio más sencillo en apariencia puede terminar antes de empezar por culpa de una idea mal definida o poco desarrollada. La idea debe ser realista y poder presentarse como viable. No se trata de encontrar un negocio que revolucione el mercado, sino de detectar un hueco, una oportunidad que nadie haya aprovechado.
2. Plan de negocio:
Consiste en plasmar la idea en papel de una forma sintetizada, pero sin dejar cabos sueltos, dejando claros qué objetivos quiere alcanzar la empresa y cómo piensa lograrlo, es decir, la estrategia que utilizará. Sirve para estudiar y planificar la viabilidad técnica, económica y financiera del proyecto. Debe ser ante todo realista y tener en cuenta el entorno económico y el mercado en el que se va a competir. Es también la tarjeta de presentación del empresario ante posibles colaboradores, entidades, inversores…
El emprendedor, en cualquier caso, debe hacer acopio de toda la información que pueda estar relacionada con la puesta en marcha de su negocio, para que no queden flecos en su constitución.
Debe incluir:
Hay que tener claro a qué mercado se dirige la empresa y quiénes serán sus clientes potenciales. Identificar los datos principales del mercado, sus previsiones de crecimiento, competencia, estructura, segmentación. Prever las barreras de entrada, competidores… Debe contemplar toda la normativa legal aplicable a la actividad que va a desarrollar la empresa y los permisos y autorizaciones que deberá tramitar.
Descripción de la empresa y del producto o servicio que va a realizar: Referir la experiencia y objetivos del producto o servicio que ofrece. Si se posee la patente o marca, la localización de la empresa y los criterios por los que lo ha elegido.
Estudio de mercado. Demostrar que existe una oportunidad de negocio. Servirá como base para diseñar las estrategias. Es una labor de investigación a partir de datos externos. Hay que tener claro a qué mercado se dirige la empresa y quiénes serán sus clientes potenciales. Identificar los datos principales del mercado, sus previsiones de crecimiento, competencia, estructura, segmentación. Prever las barreras de entrada, competidores… Debe contemplar toda la normativa legal aplicable a la actividad que va a desarrollar la empresa y los permisos y autorizaciones que deberá tramitar.
Plan de marketing, Dejaremos más o menos claro cómo vamos a vender el producto. Políticas, estrategias para darlo a conocer al mercado y cómo motivar al potencial cliente para que acuda a nuestra empresa. Definir la cobertura del mercado que se va a realizar. Analizar la necesidad de distribuidores o intermediarios. Elaborar un listado de posibles clientes. Describir las técnicas de venta, políticas de descuento y formas de cobro. Establecer las líneas de publicidad y relaciones públicas. Diseñar las campañas de marketing con sus objetivos.
Definición de los medios técnicos, Establecer los medios técnicos que se necesitan para poner en marcha una empresa, su coste y su financiación. Debe completarse con un Plan de Compras que planifique la gestión de las compras y su almacenaje.
Organización y recursos humanos, Servirá para definir el organigrama y distribuir las tareas, los puestos de trabajo y las correspondientes funciones y sus responsables. No hay que olvidar que el principal activo de una empresa es su capital humano. Una vez seleccionados los empleados, es conveniente asesorarse sobre la modalidad de contratación que más conviene adoptar en cada caso, teniendo en cuenta la legislación vigente y los incentivos fiscales que aportan los distintos contratos.
Estudio económico financiero. Es necesario determinar cuáles serán los fondos necesarios para poner en marcha la empresa y cómo se va a obtener el capital. Habrá que definir la estructura financiera de la empresa y hacer previsión de su rentabilidad, al menos, a medio plazo.
Aspectos formales y estructura legal. Trámites administrativos y legales necesarios que hay que cumplimentar para poder constituir la empresa y el régimen fiscal al que deberá someterse. La persona física: ejerce en nombre propio su actividad empresarial. Es el propietario único de la empresa, que dirige y gestiona y percibe todos sus beneficios. La persona jurídica: Organización de un grupo de personas que desarrollan las funciones propias de la actividad empresarial.
Los trámites, Una vez escogida la forma jurídica, se procede a los trámites de crear la empresa. Son trámites de constitución pesados, pero no son difíciles. Sea cual fuere la forma jurídica adoptada, hay que solicitar al Ayuntamiento o Junta Municipal correspondiente una licencia municipal de apertura (Licencia de Actividades e Instalaciones.
Por ello, es aconsejable que antes de firmar cualquier contrato de alquiler o de compra, solicitar al Ayuntamiento una consulta sobre la viabilidad de desarrollar en ese local esa actividad. Si el local necesita reformas será necesaria, además, una Licencia de Obras. Si se adopta por la forma de empresario individual: El requisito principal es ser mayor de edad y tener libre disposición de bienes propios.
En su momento oportuno, se procederá a:
1. -Declaración-liquidación del impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).
2. -Declaración-liquidación del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).
Si se va a contratar trabajadores:
1. -Inscripción de la empresa en la Seguridad Social.
2. -Afiliación y alta de trabajadores al Régimen General de la Seguridad Social.
3. -Comunicación de apertura de centro de trabajo.
4. -Libros de matrícula y visita. Si se adopta por la forma de sociedad mercantil (persona jurídica): Requisitos previos: la forma jurídica más utilizada es la Sociedad de Responsabilidad Limitada (SL) que debe poseer un capital mínimo de3.000 Euros, totalmente suscrito y desembolsado. La Sociedad Anónima, necesita un capital mínimo de 60.000 Euros.
Principales Trámites: Cada sociedad tiene un tipo de trámite.
Como ejemplo, analizamos la Sociedad Limitada por ser la más común:
1. -Certificación negativa del nombre; acredita que el nombre elegido no pertenece ya a otra sociedad constituida.
2. -Justificante de depósito bancario del capital social.
3. -Otorgamiento de la correspondiente escritura pública ante notario.
4. -Liquidación del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
5. -Inscripción en el Registro Mercantil. Alta en el Impuesto de Actividades Económicas.
6. -Declaración censal de comienzo de la actividad.
En su momento oportuno se procederá a:
1. -Declaración-liquidación del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). -Declaración-liquidación del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).
2. -Declaración-liquidación del Impuesto sobre Sociedades. - Si va a contratar trabajadores: Los mismos pasos que en la forma de empresario individual.
3. Mucha información y sobre todo tener claros los conceptos, no se te puede escapar ninguno.
TIPOS DE SOCIEDADES COMERCIALES
Según Ley 19.550 habrá sociedad cuando dos o más personas en forma organizada, conforme a uno de los tipos previstos en la misma se obliguen a realizar aportes para aplicarlos a la producción o intercambio de bienes o servicios, participando de los beneficios y soportando las perdidas.
Constitución :
La constitución de la sociedad se manifiesta mediante un contrato, firmado por los socios, en el que manifiestan su acuerdo y reglamentan sus derechos y obligaciones para con la sociedad
El instrumento del contrato es privado cuando se realiza personalmente entre los socios, sin intervención de ningún funcionario publico. Cuando hay intervención de un escribano público y el contrato se protocoliza, el instrumento es público.
De todas maneras la sociedad solo se considera regularmente constituida al ser inscripta en el Registro Público de Comercio, dentro de los 15 días de su otorgamiento. Si hubiera sido realizado por instrumento privado, la inscripción se hará previa ratificación ante un juez, a menos que las firmas estén certificadas ante escribano publico.
Requisitos del contrato:
El contrato debe contener: nombre, edad, estado civil, nacionalidad, profesión, domicilio y D.N.I. de los socios; razón social o denominación y domicilio de la sociedad; designación del objeto que debe ser preciso y determinado; capital social expresado en moneda argentina y mencionando el aporte de cada socio; plazo de duración de la sociedad; organización de la administración, fiscalización y reuniones de los socios; reglas de distribución de utilidades y soporte de las perdidas, en caso de omisión, se aplicara en proporción a los aportes.
Libros: Están compuestos por hojas encuadernadas y foliadas, deben ser inscriptos y rubricados en el Registro Publico de Comercio, podrán ser reemplazados por medios mecánicos u electrónicos autorizados, menos el de Inventario y Balance.
Diario: registro cronológico de los hechos económicos de la empresa, brinda información especifica sobre los estados de
las cuentas y las operaciones incluyendo fecha, cuentas involucradas, importes, comprobantes etc.
Inventario y Balances: comprende el Balance General, el Estado de Resultados, el estado de Origen y Aplicación de Fondos y el Estado de Evolución del Patrimonio Neto.
IVA Compras e IVA Ventas: si bien no son legalmente obligatorios, estos subsidiarios son de aplicación práctica usual. Registran las compras y las ventas discriminando el IVA correspondiente a cada operación.
Sueldos y Jornales: es el registro de la asistencia y remuneraciones correspondientes a los empleados de la sociedad.
Actas: es el registro de las decisiones tomadas por los socios en las reuniones, deberá ser firmado por los mismos.
Actas de Directorio: es el registro de las decisiones tomadas por los miembros del Directorio de la sociedad, deberá ser firmado por los asistentes a la reunión.
Actas de Asambleas: es el registro de las decisiones tomadas por los socios en reunión, de las sociedades anónimas, deberá ser firmado por el presidente y por los socios que se designen a tal efecto.
Registro de Acciones: se especifican la clase, cantidad, valor, pertenencia, serie y demás datos de las acciones emitidas por la sociedad.
Registro de Asistencia a Asambleas: se especifica el nombre, numero de documento, dirección y la asistencia de los socios de la sociedad anónima en las Asambleas.
Tipos de Sociedad: Sociedad de Hecho: es aquella que funciona como sociedad sin haberse instrumentado. Se le aplican las leyes correspondientes a las sociedades irregulares, la responsabilidad por los actos realizados en nombre de la sociedad recae en todos los socios de manera solidaria e ilimitada. La administración recaerá sobre los socios de manera conjunta o separada. Debe regularizarse mediante la adopción de uno de los tipos previstos por la ley previo acuerdo por mayoría entre los socios. La razón social variara de acuerdo con el tipo de sociedad adoptado. Los libros obligatorios son los comunes a todas las sociedades: Diario, Inventario y Balances, Sueldos y Jornales, IVA Compras e IVA Ventas.
Sociedad Colectiva: en esta sociedad, los socios contraen responsabilidad subsidiaria, ilimitada y solidaria por las obligaciones sociales. La razón social de formara con el
nombre de alguno, algunos o todos los socios, si no figurasen todos se agregara “y Compañía” mas la denominación
“Sociedad Colectiva” o “S.C.”. La administración y supervisión estarán a cargo de quien se designe en el contrato o en su defecto de cualquiera de los socios indistintamente, salvo que se especifique la actuación conjunta de los mismos, en cuyo caso no podrán actuar separadamente. El administrador podrá ser removido por mayoría de decisión sin necesidad de pruebas, salvo que se especifique lo contrario en el contrato social, en cuyo caso conservara el puesto hasta la sentencia correspondiente. Para esta sociedad se entiende por mayoría, la mayoría de capital. El capital esta compuesto por dinero o su equivalente en especies, valuado en moneda nacional. Los libros obligatorios para esta sociedad son: Diario, Inventario y Balances, Actas, Sueldos y Jornales, IVA Compras e IVA Ventas.
Sociedad de Responsabilidad Limitada: como el capital se divide en cuotas, la responsabilidad de los socios se limita al monto de las cuotas que suscriban. La denominación de la sociedad podrá incluir el nombre de uno o más socios, agregándose la indicación “Sociedad de Responsabilidad Limitada” o “S.R.L.”. Las cuotas sociales tendrán igual valor, que puede ser de 10 pesos o su múltiplo. El capital podrá conformarse con dinero o especies, contando para el primero con un plazo de dos años para integrar el 75 % del mismo, el 25% restante y las especies deberán integrarse al momento de la constitución. Las cuotas son libremente transmisibles salvo disposición en contrario en el contrato. La administración y representación corresponde a uno o más gerentes, socios o no, designados en el instrumento constitutivo o posteriormente, por tiempo determinado o indeterminado, en forma conjunta o indistinta, con atribuciones especificas o generales. La fiscalización puede establecerse optativamente mediante la creación de un síndico o consejo de vigilancia, u obligatoriamente para las sociedades cuyo capital supere los 2.100.000 pesos. En ambos casos se aplicaran supletoriamente las reglas correspondientes a la sociedad anónima. En cuanto a las Asambleas de socios, en el contrato se especificara su frecuencia y la forma de deliberar y tomar acuerdos. Los libros obligatorios son: Diario, Inventario y Balances, Actas, Sueldos y Jornales, IVA Compras e IVA Ventas.
Sociedad Anónima: el capital esta representado por acciones y los socios limitan su responsabilidad a la integración de las acciones suscriptas. La denominación puede incluir el nombre de una o más personas de existencia visible más la expresión “Sociedad Anónima” o “S.A.”. La constitución debe realizarse por instrumento público y por acto único o por suscripción publica de acuerdo con las formalidades expresadas en la Ley 19.550. El capital no podrá ser menor a 12.000 pesos y debe suscribirse totalmente al momento de la celebración del contrato. En los supuestos de mora, aumento, capitalización de reservas, limitaciones, resarcimientos y demás circunstancias relativas al mismo, se cumplirán con las formalidades expresadas en la Ley 19.550 al respecto. Las acciones serán de igual valor, expresado en moneda nacional. En el caso de que se coticen en bolsa, la Comisión Nacional de Valores ejercerá funciones de fiscalización sobre la sociedad en los ámbitos que sean de su competencia. La Administración de la sociedad recaerá sobre el Directorio, este es nombrado por los socios en asamblea ordinaria, quienes también decidirán sobre los asuntos relativos a la designación y remoción de síndicos y miembros del consejo de vigilancia así como también sus responsabilidades y remuneraciones, modificaciones del capital, balance general, estado de resultados, distribución de ganancias y perdidas, memorias, informes del sindico y todas las cuestiones que no recaigan en otros órganos. El síndico o Consejo de Vigilancia tendrá a su cargo la fiscalización de la sociedad. Los libros obligatorios para la sociedad son: Diario, Inventario y Balances, Sueldos y Jornales, IVA Compras e IVA Ventas, Actas de Asambleas, Actas de Directorio, Registro de Asistencia a Asambleas, Registro de Acciones.

CLASIFICACION DE LAS EMPRESAS
Dependiendo de la constitución legal podemos decir que se clasifican en:
A. SOCIEDAD ANONIMA: Es aquella que esta constituida de un capital social en un fondo común dividido en acciones y la administración esta a cargo de un directorio compuesto por miembros elegidos y renovados en las juntas generales ordinarias de accionistas.
La ley introduce dos formas especiales de sociedades anónimas:
- SOCIEDAD ANONIMA ABIERTA: Es aquella que hace oferta publica de sus acciones según la Ley de Mercado de Valores, que tienen 500 o más accionistas o al menos el 10% de su capital suscrito a un mínimo de 100 personas. Estas son fiscalizadas por la Superintendencia de Valores y Seguros y distribuyen dividendos en efectivo equivalentes al menos al 30% de sus utilidades netas en cada periodo, a menos que se acuerde lo contrario en la junta ordinaria de accionistas.
- SOCIEDAD ANONIMA CERRADA: Son aquellas que no cumplen con ninguno de los requisitos anteriores. Las sociedades anónimas cerradas tienen la libertad para definir en sus estatutos la forma que estimen conveniente la distribución de sus utilidades.
A. SOCIEDAD COLECTIVA: También se conoce como sociedad limitada, ya que su principal característica radica en que en un caso de dificultad comercial los socios que la conforman deben responder no tan solo con su aporte capital, sino que también con sus bienes personales.
Dentro de este tipo de sociedades también tenemos dos tipos:
- Comerciales: su principal característica es que los socios son responsables ilimitados y solidarios de todas las obligaciones sociales legalmente contraidas.
- Civiles: Es cuando los socios son responsables ilimitados, pero a prorrata de los aportes.
Considerando el grado de responsabilidad de los socios, son muy pocas las sociedades de este tipo.
A. EN COMANDITA: Es aquella en que existen por una parte los socios capitalistas llamados también comanditarios y por otra parte están los socios gestores que son los que se obligan a administrar el aporte hecho por los socios capitalistas a la caja social. Y sus socios capitalistas desean tener injerencia en su administración.
B. LIMITADA: Es aquella en todos los socios administran por derecho propio por todos los socios, aunque generalmente se opta por delegar la administración a uno de los socios o a terceros. Los socios son responsables solo hasta el monto de sus aportes o la suma mayor que se indique en los estatutos sociales, esto es que en caso que esta presente problemas económicos los socios no corren el riesgo de perder todos sus bienes, sino que responderán solo con el monto que hayan aportado al capital de la empresa.
Dependiendo del aspecto que se le considere podemos clasificar una diversidad de empresas, las cuales nombraremos a continuación:
A. Dependiendo del origen del capital: Podemos clasificar las empresas según el aporte de su capital y a quienes dirijan sus actividades, se clasifican en:
- Entidades Fiscales: Dice de aquellas instituciones que componen el Estado y que en general son creadas por ley y reguladas por la Contraloría General de la República, exceptuando al Poder Judicial al cual lo fiscaliza la corte Suprema y comprenden los siguientes grupos:
- Ministerios y Servicios de Gobierno (Poder Ejecutivo)
Comprende todos los Ministerios, Organismos y Servicios del Estado
Ej. Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Inspección del Trabajo. , Etc.
Poder Judicial
Comprende todos los organismos de Justicia del Estado.
Ej. Tribunales de Justicia, Corte Suprema de Justicia, Corte de Apelaciones, Juzgados del Crimen, Juzgados Civiles, Juzgados de Menores y del Trabajo.
- Poder Legislativo
Comprende a todos los organismos del Estado que crean, aprueban y modifican leyes, junto al Presidente de la República y fiscalizan los actos del Gobierno.
Ej. Cámara de diputados y el Senado.
- Municipalidades
Se entiende que son todas las Municipalidades del país.
Ej. Municipalidad de Chiquimula
- Hospitales Públicos
Comprende a todos los hospitales del país dependientes del Ministerio de Salud.
Ej. Hospital Carlos Manuel Arana Osorio (Chiquimula)
- Instituciones de Educación Superior del Estado
Dice que son aquellas Universidades creadas por ley en las cuales tiene participación el Estado. Ej. CUNORI
- Liceos y Colegios Fiscales
Comprende todos los Institutos, Colegios, Liceos y Jardines infantiles Públicos.Ej. I.N.V.O. e I.N.S.O. etc.
Empresas del Estado
Comprende todas las empresas donde el capital es del Estado.
Ej. MAGA etc.
- Privadas : Dice de aquellas empresas donde el capital es de privados, estas pueden ser nacionales o transnacionales y su fin es el lucro y se dividen dependiendo del giro o actividad que realizan, las cuales se dividen en:
INDUSTRIALES
Son aquellas en las cuales la actividad esencial es la producción de productos o bienes, mediante la extracción de materias primas.
- PRIMARIAS
Dice de todas aquellas que explotan los recursos naturales renovables como no renovables, en este tipo tenemos:
A. Las extractivas: Tienen como único fin explotar los diversos recursos naturales, como las mineras, pesqueras, madereras, petroleras, Etc.
Mineras: Se definen como ligada a la extracción, producción y comercialización de los recursos minerales no renovables con el fin de obtener beneficios económicos. Este sector tiene fuertemente orientadas sus ventas al extranjero, siendo Chile el mayor productor y exportador de Cobre, Nitrato y Litio, además de ser el mayor productor mundial de Yodo.
Pesqueras: Se defines como ligada a la extracción y explotación de las riquezas del mar y comprenden todas las actividades destinadas a capturar, cazar, segar, poseer, recolectar, conservar y utilizar todas las especies hidrobiologicas que tienen el mar como fuente de vida.
Nota: Hay que tener presente que no se considera como actividad extractiva la Acuicultura.
B. Las Agropecuarias: Este sector esta constituido por dos actividades la Agrícola y la Ganadera o Pecuaria, las cuales están constituidas por una actividad primaria productora la cual puede llevarse a cabo en la tierra o no y una actividad secundaria de elaboración o transformación que puede llevarse a cabo en cualquier otro lugar, en este sector tiene espacio la producción de hortalizas, cereales, frutas, viñas y ganadería. La ganadería se refiere netamente a la actividad de criar animales para su posterior venta o faenacion para su venta.
C. Las Silvícolas: Estas tienen como fin explotar y cosechar los bosques nativos como plantaciones, regenerar y proteger los bosques, tanto como para recolectar sus productos como también realizar actividades de forestación, plantación, replante, conservación de bosques y zonas forestadas.
SECUNDARIAS
A. Las Manufactureras: Dice de todas aquellas que tienen como fin elaborar o convertir materias primas, productos semi-elaborados y productos terminados, con la finalidad de tranzarlos en el mercado nacional o internacional y dentro de estas tenemos: Empresas que producen bienes de producción, estas tienen como fin satisfacer la demanda de empresas de consumo final, y Empresas que producen bienes de consumo final, las que se alimentan de las empresas que producen bienes de producción.
B) De Construcción: Son todas aquellas que realizan obras públicas y privadas, como la construcción de calles, carreteras, casas, edificios, Etc.
COMERCIALES
Dice de todas aquellas que se dedican o realizan el acto propio de comercio, y su función principal es la compra-venta de productos terminados en la cual interfieren dos intermediarios que son el productor y el consumidor, dentro de las que podemos señalar:
- La compra y permuta de cosas muebles, hechas con ánimo de venderlas, permutarlas o arrendarlas.
- La compra de un establecimiento comercial.
- Las empresas de fábricas, distribuidoras, almacenes tiendas, bazares.
- Las empresas de transporte por tierra, mar, ríos o vías navegables.
- Las empresas de depósitos de mercadería, provisiones o suministros, las agencias de negocios.
- Las empresas de espectáculos públicos.
- Etc.
También dentro de este sector podemos determinar tipos de empresas según la cantidad en el monto de las ventas, por ello tenemos que hay:
Empresas Mayoristas: Que son aquellas que venden a empresas minoristas y también a otras mayoristas a gran escala.
Empresas Minoristas: Son aquellas que venden sus productos al consumidor al detalle.
DE SERVICIO
Son todas aquellas que realizan una actividad comercial, productiva y prestadora de servicios con fines de lucro.
Así tenemos empresas que prestan servicios a la comunidad con el fin de recuperar dineros, como Agua, Luz, Gas.
DE SERVICIOS FINANCIEROS
Son todas aquellas que realizan una actividad comercial, prestadora de servicios de intermediación relacionados al ámbito de generación de valor a través del dinero.
Así tenemos:
- Bancos e Instituciones Financieras: Bancos Nacionales, Internacionales.
- Oferta y Contratación de Seguros: Compañías de seguros generales, de vida, Etc.
- Administradoras de Fondos: Generales, de Pensiones Mutuos, para la Vivienda, de Inversión.
- Mercado de Valores: Bolsa de Comercio, de Valores, Corredores.
- Otros Servicios Financieros: Factoring, Leasing, Casas de Cambio.
Dentro estas también tenemos las empresas de servicios de apoyo como: Administradoras de tarjetas de crédito, clasificadoras de riesgo, empresas de cobranza, asesorías y consultoras financieras.
NOTA: TODAS LAS EMPRESAS PRIVADAS SON FISCALIZADAS POR EL SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS.
QUE ES UN COMERCIANTE
En términos generales, la persona que se dedica habitualmente al comercio. También se denomina así al propietario de un comercio.
En derecho mercantil hace alusión a su materia de estudio subjetiva, es decir a las personas que son objeto de regulación. Se considera sujeto mercantil a toda persona que realiza un acto de comercio. Sin embargo, cabe hacer una primera clasificación entre las personas que realizan un acto de comercio ocasional y aquellas que se dediquen al comercio de forma habitual, los primeros son los sujetos accidentales de comercio y los segundos comerciantes. El que compra algo en la tienda no es un comerciante, sin embargo realiza un acto de comercio, por tanto decimos que es un sujeto accidental de comercio.
10 PRINCIPIOS BASICOS DE LA ADMINISTRACION
1. Dirigir sistemáticamente el lado humano. Todo cambio estratégico supone modificaciones estructurales que pueden ser motivo de resistencia. Ante esto, la actitud de los líderes deberá evidenciar la necesidad de contar con estructuras de capital intelectual y dirección operativa que orienten los esfuerzos hacia la consecución de objetivos.
2. Comenzar desde arriba. Debido a que por naturaleza el cambio implica resistencia a todos los niveles de la organización, constantemente el personal buscará fuerza, soporte y dirección en sus líderes, quienes desde el comienzo deben adoptar y comprometerse con el nuevo esquema a fin de motivar y dar seguridad al resto de la organización.

3. Incluir a cada nivel. A medida que la transformación migra de la definición estratégica al diseño e implementación, se involucran varios niveles organizacionales. En los esfuerzos de cambio, la responsabilidad y el compromiso deben fluir en forma vertical, formando “cascadas de cambio” en la organización y definiendo en cada capa, líderes alineados a la nueva visión de la compañía para ejecutar y liderar misiones específicas que en el agregado harán que el cambio suceda.
4. Crear involucramiento. Los líderes deben ser los defensores del cambio más allá de la simple comunicación de que éste es favorable. Se necesitan gerentes dispuestos a aceptar que son los responsables del cambio en todas las áreas sobre las que tienen influencia y control. Un mayor involucramiento se logra incluyendo a las personas en la identificación de problemas y la creación de soluciones durante el diseño de la estrategia.
5. Evidenciar la necesidad del cambio. La racionalidad inherente a los individuos de la compañía los hace cuestionar hasta qué punto es necesario el cambio, si la dirección tomada es la correcta y si están dispuestos a hacer un compromiso personal. A estas preguntas se deberá atender confrontando la realidad y demostrando fe en que la compañía tiene un futuro viable bajo la nueva estrategia y cuenta con una ruta de acciones y toma de decisiones.
6. Comunicar el mensaje. A menudo los líderes del cambio piensan que el resto de la organización comprende la nueva estrategia, la necesidad del cambio y la nueva dirección tan claramente como lo hacen ellos. Los mejores programas de cambio refuerzan mensajes clave a través de sesiones regulares que son tanto motivacionales como prácticas.
7. Identificar el panorama cultural. Los líderes del cambio deben identificar la composición de la cultura y el comportamiento organizacional en forma proactiva, a través de un diagnóstico cultural que identifique la adaptabilidad y disposición al cambio. Esto evidencia desde el principio problemas potenciales e identifica factores de liderazgo y resistencia.
8. Atacar la cultura en forma explícita. Una vez que se ha comprendido la composición cultural, los líderes deben ser explícitos a cerca de los comportamientos que de manera ideal soportan la nueva visión y forma de hacer negocios, encontrar oportunidades a modelar y mecanismos de alineación al cambio con incentivos tangibles y psicológicos.
9. Prepararse para lo inesperado. Pocos programas de cambio se apegan por completo al plan. Las personas reaccionan en distintas formas y el ambiente laboral cambia. Por ello se requiere un plan flexible que permita revisiones de la dirección sobre el impacto y la adopción de la nueva ola de transformaciones.
10. Considerar lo individual. Los individuos y equipos requieren saber cómo cambiará su forma de trabajar, qué se espera de ellos durante y después del cambio y cómo serán evaluados. Una estrategia de comunicación exhaustiva así como un mecanismo de compensación variable en torno al apego al cambio, reforzados mediante sanciones ante la resistencia prolongada, reforzarán el sentido de entendimiento y compromiso reflejado por la institución.
Los líderes del cambio estructurado reconocen la importancia de las personas y comprenden que el compromiso fluye en forma vertical y que los incentivos tangibles e intangibles dan soporte a la implementación de las estrategias de cambio, mismas que les permitirán alcanzar los niveles de competitividad necesarios en el mercado.
